El presidente de la Sala Penal que hizo de Tribunal de Garantías, Iván Sandoval, decidió rechazar el recurso de Acción de Cumplimiento porque materialmente no existe la norma legal o constitucional que habrían omitido las autoridades demandadas; en este caso, el ex presidente Juan Lanchipa y su sucesor Ernesto Félix Mur.
Sandoval que firmó la resolución junto a su colega Sandra Molina, señaló que no existe una ley, norma Constitucional u otra disposición que determine expresamente que la convocatoria al Pleno del TC se adecue a un orden del día previamente acordado o aprobado. “Por analogía en la aplicación de los altos tribunales de justicia ese orden del día está sujeto inicialmente a consideración del Pleno traducido a posibilidades de modificaciones, supresiones o adiciones de puntos que puedan emerger”, puntualizó.
El vocal explicó que la pretensión inicial del demandante no se ajusta al marco constitucional de la Acción de Cumplimiento que está destinada en todo caso a la inacción.
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