Artículo Segundo.- La revisión del incremento de la Renta Universal de Vejez establecido en el Art. 5 de la Ley 3791 y sea justo y tratado de acuerdo al incremento del costo de vida y bajo el Sistema de Seguridad Social Integrado equivalente a un salario mínimo nacional, para todos los Adultos Mayores que no cuentan con ningún tipo de renta para ello -señala-, el Ministerio de Hacienda debe aplicar una nueva base de reasignación del incremento de la Renta Dignidad diferenciado, según ingresos y el índice de pobreza, además para que sea sostenible y mejore el monto de jubilación a futuro replantea que todos aporten mensualmente, según sus posibilidades económicas y el Estado otorgue derechos y beneficios sociales a cada trabajador excluido del actual sistema de seguridad social, reconociéndolos como trabajador del Estado, conforme señalan los Arts. 45, 46, 48, 67, 306 Inc. V y 338 de la Constitución Política del Estado.
Artículo Tercero.- En amparo del Art. 40 de la CPE, planteamos la modificación de la Ley 3323 del Seguro de Salud para Adulto Mayor (SSPAM), que la misma sea por paciente atendido y bajo principios establecidos en los Arts. 30 numeral 9, 31 numeral 13, 35 Inc. II, 36 y 42 de la vigente Constitución Política de Estado".Firman el documento, Francisco Alanoca, Valeriano Mendoza, Francisco Noel Alvarado Mamani, Alberto Mamani Flores, Eulalio Mamani Mollo, Alberto Quispe Durán, Sebastián Luna Mamani, Genara Castillo Mamani, Faustina Quispe Condori, Gregorio Chura Chura, Nemesio Castillo Hilari, Román Poma Álvarez, Francisco Jacinto Apaza, Justino Mamani Laura, Natalio Ajata, Santiago Calle Mamani, Marcelino Apaza, Víctor Vicente Palacios, Venancio Ajota Condori, Martín Torrez Quispe, Manuel Quino Lanza, Santiago Choque Limachi y varios otros dirigentes a nombre de las Provincias de La Paz.Nota : Jornada Net
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