75% de los internos de las cárceles, sin sentencia

Alrededor del 75% de los más de 8.700 internos de las cárceles del país no cuenta con sentencia ejecutoriada y carece de atención de las autoridades del sistema penitenciario, según estudios del Órgano Ejecutivo y del Defensor del Pueblo realizados en los últimos años.
Este viernes 24 de septiembre se celebra el Día del Privado de Libertad. La situación de los internos en las cárceles es observada con preocupación por ex autoridades del Régimen Penitenciario y por el Defensor del Pueblo, debido a la falta de atención que tiene la población carcelaria.
Un estudio presentado el 2007 por el entonces director de Régimen Penitenciario, Ramiro Llanos, en el libro Situación de las Cárceles en Bolivia, indica que para ese año la población penitenciaria en el país alcanzaba a 7.782 internos, de los cuales 5.808, que representan el 74% del total, carecían de una sentencia ejecutoriada por la autoridad judicial respectiva. O sea estaban detenidos en calidad preventiva.
Gardy Costas, encargada del programa de personas privadas de libertad del Defensor del Pueblo, indica que los datos a diciembre del 2009 establecen que de los 8.073 internos de cárceles, el 74% carece de sentencia.
Una fuente que estuvo ligada a la Dirección de Régimen Penitenciario indicó que este año los internos en el país se aproximaban a los 9.000, de los que alrededor del 75%, más de 6 mil, no tenía condena.
Este diario intentó obtener información oficial de la Dirección de Régimen Penitenciario, pero se informó que el jueves 16 fue posesionado su titular, José Rodríguez, quien recibía información de ese despacho.
Espacio. A falta de una sentencia ejecutoriada se suma el tema del hacinamiento en las cárceles. La fuente que trabajó en el sistema penitenciario indicó que con 9 mil personas en los recintos carcelarios, los penales albergarían tres veces más su capacidad, sin tomar en cuenta que algunos de los internos viven con su pareja e hijos.
El Defensor del Pueblo pone un ejemplo. La cárcel de San Pedro fue construida para 250 internos y actualmente la población pasa las 1.500 personas, 500% más de su capacidad.
Otro elemento que llama la atención del Defensor del Pueblo es el hecho de que los privados de libertad sin sentencia ejecutoriada, al igual que los internos de entre 16 y 18 años, son mezclados con reos condenados, situación que viola la Ley de Ejecución Penal y Supervisión.
Ramiro Llusco, en su diagnóstico de las cárceles del país, señala que se debe fortalecer a la Dirección General de Régimen Penitenciario, debido a que no cuenta con los recursos económicos suficientes ni tampoco con el personal capacitado. Agrega que las políticas neoliberales de los últimos 20 años dejaron ver a los penales como “basureros” donde dejaban en depósito a las personas.

Presunción de inocencia
Cuando se tiene el registro de que el 74 por ciento (más de 6.000 privados de libertad) de la población carcelaria del país no tiene sentencia ejecutoriada, se define que se vulnera la presunción de inocencia de ese porcentaje de internos, sostiene Gardy Costas, funcionaria del despacho del Defensor del Pueblo.

Se vulneran sus derechos  a la educación, trabajo y salud
Una mayoría de los privados de libertad en las cárceles del país ve vulnerados al menos dos de sus derechos: la educación y la salud, según sostiene un diagnóstico del Defensor del Pueblo.
“La oferta que brinda el Estado para el ejercicio del derecho a la educación y el trabajo es absolutamente insuficiente, no cuentan con medios e infraestructura. En algunos casos la infraestructura laboral es de iniciativa y presupuesto de los propios internos o (las tareas) las realizan en sus propias celdas”, afirmó Gardy Costas, responsable del programa de personas privadas de libertad del Defensor del Pueblo.

Salud. En el caso de la salud, Costas indica que no todos los recintos penitenciarios del país prestan el servicio de atención médica y, por lo tanto, incumplen el artículo 90 de la Ley 2298 de Ejecución Penal y Supervisión que establece que en cada penal funcionará el servicio de salud durante las 24 horas.
Junto a la falta de atención médica, los privados de libertad, agrega Costas, tienen “grandes problemas con la provisión de medicamentos, lo que atenta contra su salud”.
Otro aspecto que hace notar Costas es el hecho de que la dignidad es un valor único que posee la persona, pero que el mismo es vulnerado por acción u omisión de las autoridades y la sociedad, cuando se le priva de libertad.

DDHH en los penales rurales

Diagnóstico

El Defensor del Pueblo presentó el estudio “Situación sobre los Derechos Humanos de las personas privadas de libertad en recintos penitenciarios del área rural”.
Antecedentes
Bolivia tiene 53 recintos penitenciarios, 17 en ciudades capitales y urbes intermedias y 36 carceletas provinciales. El Defensor visitó a 20 de las últimas.
Condenas
De 597 personas privadas de libertad, el 91% son varones y el 9,15% son mujeres. Del total, 438, que representa el 75,6%, carecen de sentencia ejecutoriada.
Situación
Las 20 carceletas visitadas, en Santa Cruz, Chuquisaca, Potosí, Tarija, La Paz, Cochabamba y Beni, no cuentan con la infraestructura mínima para funcionar.
Adaptación 
La infraestructura del 95% de los recintos penitenciarios rurales visitados fue adaptada y reacondicionada para los internos. El 85% tiene pisos de cemento.
Higiene
El 100% de las carceletas cuenta con servicio de baño, pero su estado y funcionamiento son deficientes a criterio de los internos, según el Defensor del Pueblo.
Estudio
El Defensor del Pueblo presentó el estado de situación sobre los “Derechos Humanos de las personas privadas de libertad en recintos penitenciarios del área rural”.
Antecedentes
Bolivia tiene 53 recintos penitenciarios, de los cuales 17 son cárceles de las ciudades capitales y urbes intermedias. 36 son carceletas provinciales.
Legislación
La Ley 2298 de Ejecución Penal y Supervisión, en su artículo 84, establece la infraestructura mínima con la que deben contar los recintos penitenciarios.
Alcance
El estudio de la Defensoría alcanza a 20 recintos rurales, de los 36 existentes. Se llegó a La Paz, Cochabamba, Tarija, Potosí, Chuquisaca, Santa Cruz y Beni.
Personal 
Los 20 establecimientos penitenciarios cuentan con un director, denominado alcaide, y no así con personal administrativo para ejecutar las tareas previstas por ley.
Población
La población penitenciaria en los establecimientos rurales estudiados es de 597. El 82% de los privados de libertad tiene una edad entre 22 y 59 años.

Mujeres
Del total de personas privadas de libertad, en el área rural, la mayoría son varones (526 personas). En los recintos estudiados hay 53 mujeres; es decir, el 9,15%.
Derechos
El estudio del Defensor del Pueblo revela que los derechos de las mujeres son los más vulnerados. Algunas comparten los servicios higiénicos con los varones.
Menores
El espacio destinado para sus celdas, la precariedad y el hacinamiento restringen la posibilidad de cumplir su detención con sus hijos menores de seis años.
Asistencia
Los establecimientos penitenciarios rurales estudiados no cuentan con asistencia médica y menos especializada que responda a las necesidades de género.
Juicios 
De la totalidad carcelaria estudiada en el área rural, 438 personas se encuentran con detención preventiva (75,6%); es decir, no tienen sentencia condenatoria.
Infraestructura
Las 20 cárceles no cumplen con la estructura mínima para su funcionamiento. Sólo dos han sido diseñadas para ser recintos penitenciarios; el resto, no.

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