"El Gobierno Autónomo Departamental está constituido por una Asamblea Departamental, con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa departamental en el ámbito de sus competencias y por un Órgano Ejecutivo", dice el artículo 277 de la Constitución Política del Estado (CPE) que da nacimiento a un nuevo ente legislativo propio de un modelo autonómico.
PERIÓDICO EL PAÍS - TARIJA: Asamblea aprobó 10 leyes en 7 meses
diciembre 20, 2010
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