Inscripciones escolares: conozca las 11 prohibiciones

Las inscripciones escolares en todo el país arrancan este lunes 20 de enero y el  Ministerio de Educación estableció 11 prohibiciones para este proceso, enmarcadas en la Resolución Ministerial 001/2025

El incumplimiento a la normativa, de parte de las unidades educativas, conllevan sanciones, advirtió el ministro de Educación, Omar Veliz.


Entre las prohibiciones para esta gestión escolar están:

1.- El Ministerio de Educación prohíbe el incremento de pensiones.

2.- Están prohibidas las pruebas para el ingreso a unidades educativas.

3 – Está prohibido exigir la compra de uniforme y materiales escolares de un lugar determinado o exclusivo. En la RM 01-2025 se detalla que el uniforme escolar debe respetar la vestimenta de las niñas, los niños y adolescentes de las Naciones y Pueblos Indígenas Originarios Campesinos y Afrobolivianos. Esto está normado en el artículo 70.

4 – Se prohíbe exigir uniformes en las unidades educativas fiscales, privadas y de convenio. La norma establece que está prohibido no dejar ingresar a estudiantes a clases por no tener uniforme.

5 – Se prohíbe la venta obligatoria de uniformes en las unidades educativas.

MATERIALES EDUCATIVOS

6 – Es prohibido exigir listas de materiales educativos, en especial detalle libros de una editorial o librería específica.

7. Está prohibido rechazar a estudiantes por motivo de discapacidad, tanto en el proceso de inscripción como en todo el proceso educativo.

8. – Está prohibido restringir la inscripción de estudiantes por deudas de pensiones. En la RM 01-2025 se establece que “las madres, padres o tutores deberán cumplir sus obligaciones contractuales; sin embargo, no es un impedimento para la inscripción del estudiante, por ser la educación un derecho fundamental establecido en la Constitución Política del Estado (CPE)”.

9.- En unidades educativas privadas está prohibido suspender, expulsar y excluir a estudiantes de clases, evaluaciones o de cualquier actividad curricular, por retraso en el pago de pensiones.

10. Queda prohibido rechazar la inscripción de hijos de madres o padres solteros, divorciados, así como de aquellos cuyos progenitores no hayan contraído matrimonio, ni por pertenecer a una determinada religión, estar privados de libertad, o encontrarse en situación de desventaja social, vulnerabilidad o cualquier otra condición social desfavorable. Esto está normado en el artículo 98 de la RM.

11.- Están prohibidos los viajes de promoción.


Fuente : La Razon





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