Costas puede librarse del juiciocon una “Excepción de Verdad”

La disculpa ni la retractación son aceptadas en un delito de desacato que no sólo va contra el honor personal sino contra la función pública.

*Gobernador aún no presentó disculpas ni pruebas. Explicó que no dijo que García Linera recibe dinero del narcotráfico.
La situación jurídica del Gobernador de Santa Cruz se agrava. Rubén Costas podría librarse del juicio sólo si se acoge al Art. 286 del Código Penal que establece la “Excepción de Verdad” siempre que presente pruebas suficientes contra el acusado. “Si no lo hace, este tema terminaría con la sentencia del juez porque la satisfacción pública, retractación o disculpas no opera en este caso debido a las agravantes que implica”,  explicó ayer a EL DIARIO el presidente de la sala penal tercera de la Corte de Distrito de La Paz.    
“Una persona que presuntamente incurrió en delito de desacato no sería sancionada siempre y cuando presente pruebas de que las denuncias u ofensas lanzadas son verdaderas. Si lo hace, queda libre de culpa y las autoridades judiciales inician un proceso al funcionario público por la comisión de los delitos que fueron conocidos a través de la denuncia pública y con las pruebas suficientes”, complementó Alave al señalar que en este caso si el Gobernador presenta las pruebas suficientes, el Vicepresidente sería procesado por la comisión de cohecho en el marco de la Ley 1008. 
DETENCIÓN O ARRAIGO
La autoridad judicial del distrito de La Paz informó que una vez presentada la demanda, el Fiscal pasa el trámite a la División de Corrupción Pública para que mediante sorteo sea asignada la autoridad fiscal pertinente quien debe informar al juez de turno de instrucción en lo penal del inicio de las investigaciones. 
A partir de ello, en cinco días, el fiscal de la causa debe  determinar las diligencias preliminares y verificar si la denuncia constituye un hecho delictivo. Si es así, define la responsabilidad para luego imputar y pedir las medidas cautelares que pueden ser desde una prohibición de concurrir a determinados lugares o hablar con determinadas personas, hasta la detención preventiva, el arraigo, la detención domiciliaria o la fianza personal establecido en el Art. 240 del Código de Procedimiento Penal.
A partir de ese instante, el fiscal tiene hasta seis meses para concluir con las investigaciones. Es ese o menos tiempo debe determinar la existencia de un documento físico, audio o visual que contenga fehacientemente la presunta ofensa pública contra la máxima autoridad. Luego el fiscal presenta la acusación formal ante el juez por la comisión del delito de desacato fijado en el Art. 162 del Código Penal con su agravante porque la víctima es el segundo mandatario de la nación, cuya pena es de hasta tres años de privación de libertad.
En criterio del jurisconsulto William Alave, considerando las evidencias públicas del caso el trámite judicial podría durar unos tres meses. Aseguró que en el presente caso, no opera el Art. 289 del Código Penal en sentido de que “el sindicado de un delito contra el honor quedará exento de pena si se retracta antes o a tiempo de prestar su declaración ante el juez”. El desacato, dijo, tiene una agravante: es un delito contra la función pública, contra una máxima autoridad en el cumplimiento de sus funciones. 
En relación a las reglas de competencia territorial, es decir, el escenario donde se lleve a cabo el proceso,  el Art. 39 de Código Procedimiento Penal establece que el “competente para el conocimiento de una causa es aquel juez que haya conocido previamente la denuncia”. Lo que representa que el juicio debería realizarse en La Paz a donde debiera acudir el Gobernador para presentar sus declaraciones informativas.
RETRACTACIÓN Y SUSPENSIÓN
Por su lado, el senador Eugenio Rojas (MAS) señaló que corresponderá la suspensión de la autoridad cruceña, en caso de que el proceso prosiga hasta sentar una acusación formal en la Asamblea Departamental.
“Si es que se cumplen todos los plazos en todos los trámites, la ley es muy clara y está vigente la Ley Corta que establece que debe ser suspendido temporalmente hasta que asuma su defensa legalmente, en eso se está encaminando para que aclare esta situación y otros temas pendientes como administrar el referéndum aprobatorio de los estatutos autonómicos que son ilegales y que debe resolver el Gobernador”, dijo.
Hasta el momento, el gobernador de Santa Cruz, Rubén Costas no presentó disculpas o retractación alguna. En sus últimas declaraciones explicó que no dijo que el vicepresidente Álvaro García Linera recibe dinero del narcotráfico, sino, que con el dinero que se recauda a través de la Ley 1008 debería pensar en construir cárceles para todos los autonomistas que el gobierno “persigue”.

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