proyecto: el alcalde luis revilla envió su propuesta al ente legislativo
El proyecto de ordenanza municipal mediante la cual se establecen las fechas para la realización de la preferia y la feria de Navidad, entre los meses de noviembre, diciembre y enero, fue remitido al Concejo Municipal de La Paz por el alcalde de la ciudad, Luis Revilla.
El documento, al que tuvo acceso el periódico Cambio, autoriza al Ejecutivo municipal la organización de la preferia de Navidad, que se realizará desde el 10 de noviembre hasta el 10 de diciembre en la avenida Simón Bolívar, en los espacios cubiertos ubicados entre la final de la avenida Camacho y el ingreso a la calle Juan de la Riva, sin que ese plazo pueda ser ampliado.
El mismo artículo también resuelve autorizar la tradicional Feria de Navidad 2010, a realizarse del 10 de diciembre de 2010 al 6 de enero de 2011 en el Campo Ferial del Bicentenario, y tampoco el plazo podrá ser ampliado.
Se deja en claro que esas fechas sólo tienen vigencia para la presente gestión, debido a los trabajos de mejoramiento que realizan en el Campo Ferial del Bicentenario; para las próximas gestiones se mantendrá la fecha tradicional de inicio de la feria, que es el 7 de diciembre.
El proyecto de ordenanza también establece que el Ejecutivo municipal, a través de la Oficialía Mayor de Culturas (OMC), Oficialía Mayor de Promoción Económica (OMPE), el Parque Urbano Central (PUC) y la Subalcaldía del Macrodistrito 7 Centro (SAC), deberá coordinar todos los aspectos relacionados a estas actividades con las distintas asociaciones y sectores que intervienen en la tradicional feria navideña.
Asimismo, el artículo 2 autoriza al Ejecutivo municipal la organización de otras ferias navideñas que tradicionalmente se realizan en los distintos macrodistritos del municipio de La Paz.
Para esas actividades la Alcaldía, a través de las oficialías mayores de Culturas, de Promoción Económica y las subalcaldías, deberá coordinar todos los pormenores de estas actividades con las asociaciones y sectores involucrados.
El artículo tercero del proyecto puesto a consideración del Concejo Municipal también establece que está terminantemente prohibido el asentamiento de comerciantes y expositores de artículos navideños en toda el área del macrodistrito Centro, incluido el casco urbano central.
Para ello se apela a los reglamentos de publicidad urbana, de servicios higiénicos, de disposición temporal de bienes inmuebles municipales, de patentes municipales, de tasas municipales, de aseo urbano, de prevención y control de la contaminación acústica, manejo de residuos sólidos, de gestión ambiental, de protección atmosférica, de protección de animales y otros.
Asimismo, dicho artículo establece que la Guardia Municipal, en coordinación con la OMPE y la Subalcaldía del macrodistrito Centro, queda encargada de cumplir lo antes señalado.
El artículo cuatro establece que las tiendas y los comerciantes minoristas autorizados están prohibidos de cambiar sin permiso oficial el área de venta para el cual están habilitados.
Éstos tampoco pueden instalar puestos secundarios o ampliar superficies de los lugares de venta, por lo que en caso contrario se procederá al retiro y decomiso de los muebles y artículos expuestos. De la misma manera será la Guardia Municipal la que haga cumplir esta disposición.
Por otra parte, el artículo quinto del proyecto de ordenanza municipal determina que queda prohibido el consumo y expendio de bebidas alcohólicas en la tradicional feria de Navidad en el Campo Ferial del Bicentenario y áreas adyacentes, así como en el resto de las ferias navideñas que se realicen en los macrodistritos. Para ello será también la Guardia Municipal, en coordinación con la OMPE y las subalcaldías, la que quede encargada de hacer cumplir dicha prohibición edil.
En el artículo sexto se establece que el Ejecutivo municipal, a través de la Dirección de Mercados y Comercio en Vía Pública, dependiente de la OMPE, debe encargarse de la asignación de espacios a ser ocupados en el Campo Ferial del Bicentenario, tomando en cuenta los sectores, asociaciones y comerciantes autorizados para participar de la feria.
En los macrodistritos serán las subalcaldías, en coordinación con la Dirección de Mercados, las que organicen y lleguen a acuerdos con las asociaciones respecto a los espacios a ser ocupados.
El proyecto de norma se encuentra en análisis y se espera que sea aprobado en los siguientes días.
Otros artículos del proyecto de norma edil
En las distintas ferias navideñas que se realicen en la ciudad de La Paz solamente podrán asentarse aquellas asociaciones o sectores que hayan regularizado el pago de patentes de la gestión 2010.
En ese marco, el mismo artículo establece que el pago de patentes municipales deberá realizarse para los comerciantes de la preferia hasta el 9 de noviembre del presente año, y para el resto hasta el 9 de diciembre.
La cancelación debe ser realizada mediante Formulario Único Municipal (FUM) de forma individual en las entidades bancarias.
Asimismo se establece que el control y fiscalización de la ocupación legal de los espacios públicos municipales será competencia de la Dirección de Mercados y Comercio en Vía Públicas y de la Guardia Municipal, con el apoyo de la Policía Boliviana.
El artículo séptimo autoriza la venta de productos o alimentos en las ferias navideñas, en los lugares establecidos para ese fin por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. Para ello se debe recabar la autorización en la Dirección de Mercados.
Por otra parte, el artículo décimo establece que los daños causados en la propiedad municipal y pública por la realización de las ferias será responsabilidad de la Federación de Asociaciones y Expositores de Navidad y Alasita (Fanaena), de las asociaciones y de los expositores independientes, que asumirán el costo de la reposición o refacción por los daños.
En otros articulados se establece que en la principal feria se debe instalar puestos de atención de emergencias y cuidado de niños extraviados.
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