El decreto que reglamenta la ley de lucha contra el racismo reafirma el espíritu violatorio de la libertad de expresión y de prensa establecido por los artículos 16 y 23 de la Ley 045 que fueron rechazados por medios de comunicación, periodistas y trabajadores, declaró hoy la Asociación Nacional de la Prensa.
“Ese reglamento, como previó el periodismo en su momento y que llevó a sus principales instituciones a no ser cómplices de la censura, establece, entre otros castigos, que los medios de comunicación social podrán ser sancionados con 150 a 360 días calendario de inhabilitación temporal, lo que significa la automática desaparición del medio sancionado”, argumentó la ANP, un día después de que el decreto fuese aprobado por el gabinete de ministros del presidente Evo Morales.
El decreto presidencial establece sanciones económicas si un medio es castigado por primera y segunda vez, antes de disponer la suspensión de su funcionamiento hasta por 360 días.
A pesar de que el gobierno argumentó que el presente decreto reglamentario no determina la suspensión definitiva de un medio de comunicación que sea considerado racista, la ANP, que aglutina a propietarios y directores de medios impresos, estableció que “ningún medio podrá sobrevivir con sanciones de esa magnitud si en ese lapso no le ingresará ni un solo centavo y deberá cumplir con todas sus obligaciones laborales, sociales, administrativas, etc”.
Entre fines de septiembre y principios de octubre, en el país se levantó una movilización social en defensa de la libertad de expresión que, según los sectores vinculados con la información, es afectada por dos artículos de la Ley 045.
El artículo 16 de la Ley contra el racismo y toda forma de discriminación establece que el medio de comunicación "que autorizare y publicare ideas racistas y discriminatorias será pasible de sanciones económicas y de suspensión de licencia de funcionamiento, sujeto a reglamentación".
El artículo 23 de la misma norma establece que "cuando el hecho sea cometido por una trabajadora o un trabajador de un medio de comunicación social, o propietario del mismo, no podrá alegar inmunidad ni fuero alguno".
El reglamento que fue aprobado el 5 de enero, según la ANP, ratifica la censura y la autocensura que la ley atribuye a periodistas, cuando señala que el medio de comunicación deberá interrumpir la declaración cuando algún entrevistado emita ideas racistas o discriminatorias.
También critica que sea la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Telecomunicaciones y Transportes (ATT), que depende del Ejecutivo, la entidad que defina las sanciones a los medios porque se dará paso "a la adopción de medidas arbitrarias y sesgadas por intereses políticos".
Además de por vía administrativa, la norma establece también que los medios podrán ser sancionados judicialmente si atentan contra la denominada ley antirracismo, dependiendo de la gravedad del caso.
La ANP considera que la única forma que permitirá restablecer la libertad de expresión en el país, es eliminando de la ley los dos artículos cuestionados y reafirma que continuará las acciones legales destinadas a lograr ese objetivo.
Expresa, además, su preocupación por las declaraciones de la ministra de Justicia, Nilda Copa, quién advirtió que "para este año está prevista la construcción de Ley de Medios y ahí se ampliarán los tipos de sanciones".
Ello demuestra las intenciones del Gobierno de adoptar nuevos mecanismos legales para acabar con la libertad de expresión
0 Comentarios