Proceso. El oficialismo frustró los cambios de fondo que propugnaban los opositores. No se modificó el régimen electoral. La TV estatal será el único medio que podrá entrevistar a los candidatos. Hay descontento
La discusión por más de 16 horas ininterrumpidas en la Asamblea Plurinacional no logró que el MAS ceda en los tres temas principales que impulsaba la oposición para modificar el reglamento de preselección de candidatos a las elecciones judiciales: la puntuación para los aspirantes en un examen a cargo de un cuerpo de ‘notables’, el acceso de los candidatos a los medios de comunicación y, finalmente, la reforma de la Ley de Régimen Electoral.
Los asambleístas de UN y del MSM pugnaron desde las 3:40 y el debate se concentró en estos puntos. El diputado Antonio Franco (UN) propuso que un cuerpo colegiado tome examen a los aspirantes y dijo que la ‘meritocracia’ siempre fue un referente incluso en la formación escolar.
Según el presidente de la Asamblea, Álvaro García, la ‘meritocracia’ no se puede tomar en cuenta hoy en este Estado, porque en el pasado “la capacitación de los profesionales estuvo ligada a los favores políticos” y, por ello, se puede excluir a una mayoría de los aspirantes; tampoco aceptó el cuerpo de ‘notables’ porque dijo que un personaje de la ciudad no era lo mismo para la gente del campo.
En una discusión que duró más de dos horas, el MAS no cedió, el vicepresidente García Linera sometió el artículo 17 a votación y como no podía ser de otro modo, el oficialismo impuso su ‘rodillo’.
El frío arreciaba en la madrugada paceña y García Linera se concentró en otra discusión con el diputado Fabián Yaksic (MSM), que propuso la modificación de la Ley de Régimen Electoral para alterar los plazos de preselección y de elección de los candidatos a jueces.
Según Yaksic, la primera fase de este proceso tomará 57 días cumpliendo al límite los plazos y que no hay margen para el error, y afirmó que es imposible que no surjan imprevistos que retrasarán el proceso y así poner en riesgo la preselección. A su criterio, es posible extender el plazo sin que pase nada.
El oficialismo, encabezado por el vicepresidente, negó otra vez la modificación. Se argumentó que era posible cambiar internamente los tiempos en el reglamento y cumplir con la ley, que no hay contradicción y que por esa razón se permitió que las comisiones se subdividan para acelerar la revisión de documentos.
El acceso de los medios de comunicación a los candidatos o viceversa fue el otro punto que estuvo en el debate; la oposición tampoco tuvo suerte. El MAS cerró todas las posibilidades, siempre, a través del vicepresidente, que resumía las justificaciones de sus senadores y diputados. En conclusión, se aprobó que sea el canal estatal el que transmita las entrevistas en su totalidad, además, la Vicepresidencia colgará en su página web la información para que la gente vea a los candidatos.
Asimismo, realizaron recomendaciones al Órgano Electoral Plurinacional para que flexibilice la presencia de los candidatos en medios privados. Pero hay una decisión cerrada, no se permitirá que ninguno de los candidatos o los medios accedan a entrevistas.
El senador Germán Antelo (CN) dijo que los candidatos serán “a gusto y sabor” del MAS y que eso vulnera la CPE y el derecho humano a la libre expresión.
Los cívicos y asambleístas se reúnen
La dirigencia del Comité pro Santa Cruz se reunirá el lunes, a las 8:00, con miembros de la Brigada Parlamentaria Cruceña para que expliquen los detalles y los alcances del reglamento de elecciones de magistrados del Poder Judicial, aprobado ayer por la mayoría oficialista en la Asamblea Legislativa Plurinacional.
Gran parte de la bancada opositora no estuvo presente en el hemiciclo porque estaba en desacuerdo con la propuesta masista.
El primer vicepresidente del Comité Cívico, Nicolás Ribera, dijo que es necesario conocer la posición que fijaron los opositores, porque la elección de magistrados parece estar hecha a la medida del MAS.
Algunos de los artículos modificados
Artículo 2. Se introduce el parágrafo III que señala: “Las comisiones citadas en el parágrafo anterior podrán organizarse en grupos de trabajo y recibir adscripciones de asambleístas que así lo soliciten para el cumplimiento de sus funciones”.
Artículo 3. Se modifica el tercer parágrafo, se aumenta un punto: “La Asamblea Legislativa Plurinacional implementará otros mecanismos de difusión de la convocatoria en los departamentos”.
Artículo 5. Se modifica el punto VII y señala: “No tener militancia en alguna organización política un año antes de su postulación”. Parágrafo II señala: “Si en el proceso de revisión de requisitos o evaluación de criterios se advierte la presentación de cualquier documentación falsa, el o la postulante será inhabilitado y los antecedentes serán remitidos a la Fiscalía.
Artículo 6. En el punto 2 de los requisitos específicos, ya no se pide fotocopia legalizada del título profesional, se exige el título original o fotocopia legalizada. Para el Tribunal Constitucional Plurinacional se aumenta el punto 11, que señala: “No haber patrocinado a personas que hayan sido condenadas con sentencia ejecutoriada por delitos de violación, con excepción de los defensores de oficio. Los candidatos abogados para el Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia no deben tener ningún vínculo laboral con personas que hubieran sido acusadas y que resultaren culpables de delitos contra la unidad del Estado”. Este punto no pudo ser modificado, pese a la protesta de los opositores.
Artículo 7. Se modifican los plazos para las postulaciones y se extiende, de 20 días que señalaba el proyecto original, a 28 días calendario.
Artículo 8. Señalaba que para el Tribunal Constitucional o Consejo de la Magistratura se podría recibir postulaciones de organizaciones de la sociedad o de naciones o pueblos indígenas originarios. La modificación plantea que también pueden proponer las asociaciones de profesionales.
Artículo 12. Sobre la publicación de las impugnaciones, se amplía el plazo para publicar a los habilitados de 24 a 48 horas en tres medios de comunicación de circulación nacional, asimismo, señala que otros medios de comunicación que así lo deseen podrán publicar la convocatoria, esta documentación estará al alcance de la ciudadanía en el portal Internet de la Vicepresidencia.
Artículo 16. Faculta a la comisión a detallar la fuente de verificación de las tres categorías de méritos de los postulantes como son: estudios y pos grados; publicación de libros, artículos, ensayos o revistas; y experiencia profesional.
Nota : El Deber
Aprueban el reglamento a la medida del MAS
mayo 07, 2011
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