Mur ratifica legalidad de elección como titular del Tribunal

El Tribunal Constitucional eligió a un nuevo presidente el jueves 14 de julio, ante la inminente renuncia de los magistrados Juan Lanchipa, Ligia Velásquez y Abigael Burgoa, que se ha- bían presentado a las elecciones judiciales. El objetivo fue evitar que ese órgano se quedara sólo con dos magistrados titulares y se viera imposibilitado de convocar a un Pleno, explicó ayer su presidente, Ernesto Félix Mur.
El Presidente salió a aclarar ante los argumentos esgrimidos por su colega Marco Antonio Baldivieso, en la Acción de Cumplimiento interpuesta en contra de la sesión del Pleno reunido el 14 de julio, en l a que se eligió a Mur como presidente y, posteriormente, se convocó a a dos magistradas suplentes para la titularidad.
Mur señaló que el orden del día establecido para cada sesión del Pleno es una sugerencia que puede ser modificada y no ocurre lo mismo que en otros órganos del Estado como la Cámara de Diputados o el Concejo Municipal, donde si se apartan de la agenda del día, pueden provocar una nulidad.
El magistrado respondió que se eligió el 14 a un nuevo presidente ante la advertencia de un descabezamiento del TC por la postulación a las elecciones judiciales de tres de los cinco magistrados titulares, con lo que no habría los tres miembros que establece la ley para convocar al Pleno y elegir al Presidente, aunque al día siguiente se confirmó que sólo Lanchipa y Velásquez fueron seleccionados.
Además, dijo que su colega Baldivieso, al día siguiente, el 15 de julio, tenía previsto viajar y, en criterio de Mur, eso impedía postergar la elección del Presidente y el TC no podía estar ni un solo día sin un titular.
El Presidente dijo que su elección se hizo con el quórum de cuatro magistrados, tres de ellos debían renunciar un día después, pero a la sesión del 14 de julio Baldivieso tampoco asistió “porque no le dio la gana, y le llamaron por teléfono y su secretaria dijo que estaba en camino, le esperamos pero no llegó”, puntualizó Mur indicando que la Acción de Cumplimiento no tiene sustento legal y no debe ser admitida.

0 Comentarios

Publicar un comentario
Noticias Similares : ×