Si se fija el mínimo de un millar de habitantes como base para determinar el acceso de las comunidades indígenas al sistema autonómico, en las tierras bajas, 18 de 58 grupos sociales de esta naturaleza ingresarían a la autonomía de manera inmediata. Sin embargo, la cifra de 1.000 – tal cual demanda la Cidob – “no es exactamente lo ideal” no obstante de que se hayan llegado a ciertos acuerdos, explicó ayer el ministro de Autonomías, Carlos Romero.
La autoridad, en una entrevista con EL DIARIO, aclaró que su informe en la audiencia pública de la Comisión Mixta de Autonomías, presentado el martes, se cumplió en un ambiente “ameno, respetuoso… donde no hubo juicios de valor”. Romero accedió a la siguiente entrevista:
- ¿Cuáles fueron los aspectos que se abordaron con los legisladores en la audiencia de la Comisión Mixta de Autonomías a la que Ud. asistió?
Ha sido una audiencia muy importante, porque nos permitió exponer los ejes temáticos fundamentales del proyecto de Ley Marco de Autonomías y una amplia sustentación normativa técnica basada en información estadística cartográfica, el reordenamiento acerca de los procesos de ordenamiento territorial e institucional y de la configuración e implementación de las autonomías en el país.
Nos permitió, también, clarificar ante los legisladores puntos más críticos de debate tanto con las organizaciones municipales sociales como de las representaciones departamentales con las que hemos interlocutado durante este tiempo para resolver distintos cuestionamientos de la Ley Marco de tal manera que los legisladores tengan una precisión muy nítida acerca de los temas de mayor debate, consensos o disensos con los actores autonómicos.
- ¿Cuál fue el trato que recibió en la Comisión?
Fue amena y respetuosa. Las interlocuciones políticas tanto del oficialismo como de representantes de oposición fueron mediante preguntas aclaratorias. No hubo juicios de valor. La única queja que hizo una diputada era por las dos horas y media que resultaban insuficientes por la cantidad de información (...) sobre el desarrollo de la audiencia.
Las preguntas fueron muy importantes porque coadyuvaron a profundizar la norma. Además, no hubo críticas adjetivadas durante los tópicos de análisis, ni siquiera en la formulación de posesionamiento de las preguntas.
- Sobre su criterio para acceder a un territorio autónomo, ¿No afectará el acuerdo con la Cidob?
En el proyecto del Ley que presentó el Ministerio de Autonomías incorporamos 3.000 habitantes, pero los pueblos indígenas organizados en la (Cidob) demandaban en su plataforma, que no debería haber ningún requisito poblacional, pese a que la CPE (...) establece un requisito poblacional, dado que la principal fuente de financiamiento de la autonomía indígena es la renta interna, la coparticipación tributaria y la asignación de recursos por el Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH).
Si una autonomía tiene una población demasiado pequeña, los recursos para la inversión pública van a ser insignificantes, por lo que es necesario establecer en el tema el número poblacional. Con la cifra de 1.000 habitantes como mínimo hicimos una proyección, (y resultó) que de las 58 tierras bajas comunitarias de origen en nuestro país, 18 accederían de manera inmediata a las autonomías. Pese a todo aclaramos, en la Comisión Mixta y en otras intervenciones, que si bien esto es producto de un acuerdo con la Cidob, no es exactamente lo ideal.
No nos parece que una cifra todavía inferior debería ser rediscutida en ámbito legislativo en la Asamblea Legislativa, porque esta cifra no es la más ideal. Pero, esa es la naturaleza de los acuerdos. A veces hay que establecer acuerdos para facilitar la prosecución de una norma, aunque estos no representen el ideal exigido.
Sin embargo, en el proyecto de Ley Marco (...) existe la posibilidad de acceder a un distrito indígena (...) que le permitirá algunas facultades especiales de poder designar a sus autoridades y aplicar un plan de gestión.
- ¿Cuáles son los consensos a los que se llegó en la Comisión Mixta?
El proyecto de ley ha tenido 10 versiones que se las fue construyendo antes y después de la existencia del Ministerio de Autonomías; es decir cuando existía el Ministerio de Descentralización. Y estas distintas versiones se fueron ajustando y complementando con varios aportes de organizaciones sociales, plataformas de mujeres (...).
Pero esta norma es muy compleja, no sólo por el contenido técnico, sino porque implica la disputa de intereses estratégicos de actores autonómicos que en muchos casos confrontan sus intereses entre sí y no es una ley que fácilmente pueda arribar a consensos plenos (...).
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