Bolivia aprueba una polémica ley que busca reducir las agresiones sexuales

El Congreso boliviano despenalizó las relaciones sexuales después de los 12 años, siempre y cuando sea de mutuo acuerdo. ESPECIAL
  • La intención es no criminalizar niños, dice diputada
La medida señala que después de los 12 años los niños podrán tener relaciones sexuales siempre y cuando acepten de común acuerdo
LA PAZ, BOLIVIA (25/OCT/2010).- A partir de los 12 años, los niños bolivianos podrán tener relaciones sexuales legales siempre y cuando los menores involucrados acepten de común acuerdo.

De lo contrario, si alguno de los menores está en desacuerdo con el coito y además hay una diferencia entre ellos mayor a tres años, podrá ser castigado con una pena judicial mínima a los 20 años.

Así lo aprobó el Congreso boliviano como una modificación al Código Penal para la protección de menores y que, según los impulsores de la medida, protegerá a los niños y a los adolescentes de las agresiones sexuales.

El polémico proyecto ha levantado el disgusto de los opositores, pues aseguran que esta reforma da “libertad” a los menores para que inicien su actividad sexual, como aseguró la diputada opositora Norma Piérola.

La nueva ley, explicó Piérola, indica que se castigará penalmente con 20 años y 25 años de prisión a quien tenga relaciones sexuales con menores de 14 años, pero “quedan exentas de esta sanción las relaciones consensuadas entre adolescentes mayores de 12 años, siempre que no exista diferencia de edad mayor de tres años entre ambos y no se haya producido violencia ni intimidación”.

Sin embargo, no se tomó en cuenta las modificaciones propuestas por organizaciones de protección contra menores, para evitar que se permitan las relaciones sexuales entre ellos, “lo cual está tipificado como delito de estupro”, afirmó la diputada.

Con la nueva ley se busca no criminalizar a niños o niñas de la misma edad que decidan tener relaciones sexuales de mutuo acuerdo, aseguró la legisladora Rebeca Delgado.

El diputado oficialista Juan Carlos Sejas negó que con la norma se fomenten las relaciones sexuales entre niños de 12 años e insistió en que el artículo se aplica “en casos excepcionales”.

Sejas replicó que un artículo similar al criticado por la oposición está vigente desde 1999 en el Código Penal para proteger a los menores de 16 años que “no son sujetos de sanción penal”.

La norma nueva también fija sanciones de 10 años a 15 años de cárcel a quien contagie el Sida a niños y de un mes a tres años de prisión a las personas que transmitan cualquier enfermedad venérea a menores.

El rapto de mujeres menores de 15 años, incluso bajo su consentimiento, será sancionado con uno a tres años de prisión.

PARA SABER


Anteriormente, el código penal boliviano sancionaba con 20 años a 30 años de prisión a quien tuviera acceso carnal con un menor de 14 años de uno u otro sexo. Ahora quedan exentas de esta sanción las relaciones consensuadas entre adolescentes mayores de 12 años.

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