El Movimiento Al Socialismo (MAS) tenía lista su estrategia para consolidar el poder municipal en Quillacollo: conservar a su alcaldesa interina mientras el suspendido Héctor Cartagena se defendía de al menos tres procesos en su contra, los cuales, si llegaban a durar más de la mitad de la gestión, permitirían que la interina Carla Lorena Pinto sea ratificada.
Pero Cartagena “pateó el tablero” porque ayer los rumores que habían estado circulando se hicieron realidad. Ayer, su hermano Tito presentó ante el pleno del Concejo Municipal la renuncia del electo dejando abiertas dos posibilidades: convocar a nuevas elecciones para la Alcaldía de Quillacollo o que el Concejo elija de entre sus miembros al sucesor.
El dilema se plantea porque la Ley de Municipalidades explica que en estos casos debe elegirse al sucesor de entre los miembros del Concejo; en tanto que la Constitución Política del Estado (CPE) en su artículo 286 plantea nuevas elecciones. El problema es que no explica cómo ya que no hay reglamento.
En criterio del politólogo y ex vocal de la Corte Nacional Electoral (CNE), Jorge Lazarte, esta situación revela que la mencionada ley está en contra de la CPE, lo cual está provocando desestabilización en al menos cuatro municipios del país: Quillacollo, Punata, Sucre y Potosí.
En tanto, para el actual presidente de la Corte Departamental Electoral de Cochabamba, Joaquín Pérez Mercado, el texto constitucional es el que tiene prioridad y está muy claro, por lo que si el alcalde electo no cumplió más del 50 por ciento de su mandato, el código electoral establece 150 días para la convocatoria y un nuevo proceso electoral nacional o municipal.
Pero Lazarte hizo notar que el referido artículo 286 de la CPE se remite a la Carta Orgánica o Estatuto Autonómico, con los que los municipios aún no cuentan. Tampoco especifica quién debe suplir al renunciante mientras se elige al sucesor.
“Por eso, una Constitución siempre necesita de una Ley Orgánica y en el país recién se están aprobando leyes orgánicas, por lo que en este caso hay una disposición que no se la puede cumplir”, afirmó el politólogo.
Agregó que hay un vacío legal y ante eso, lo correcto sería recurrir a una instancia que resuelva este vacío legal, es decir, el Tribunal Constitucional que en los hechos no existe. Mientras que el Concejo tampoco puede atribuirse la potestad de intentar llenar ese vacío con la ratificación de la alcaldesa interina.
Los hechos
Tito Cartagena presentó ayer la renuncia en momentos en que un grupo de exaltados seguidores de Cartagena protestaban y ocupaban la sala de sesiones del Concejo. La presentación sirvió para encender aun más los ánimos, pues los manifestantes se subieron sobre las mesas y destrozaron documentos. Incluso uno de ellos llegó a arrojar su zapato al presidente del Concejo, Lorenzo Flores, aliado del MAS.
Los hechos
Tito Cartagena presentó ayer la renuncia en momentos en que un grupo de exaltados seguidores de Cartagena protestaban y ocupaban la sala de sesiones del Concejo. La presentación sirvió para encender aun más los ánimos, pues los manifestantes se subieron sobre las mesas y destrozaron documentos. Incluso uno de ellos llegó a arrojar su zapato al presidente del Concejo, Lorenzo Flores, aliado del MAS.
Posteriormente, los concejales titulares y suplentes de UNE, el abogado Eduardo Mérida y el presidente de esa agrupación ciudadana, Freddy Gonzales, coincidieron al admitir su indignación frente a los hechos que obligaron a Cartagena a presentar su renuncia.
El presidente de UNE dijo que Cartagena, a tiempo de enviar su renuncia irrevocable al cargo de alcalde por motivos de salud, les encomendó plantear que se convoque a elecciones para elegir a un nuevo alcalde titular en los próximos 90 días.
Flores, en tanto, dijo que la renuncia de Cartagena será tratada el próximo martes en la sesión ordinaria del Concejo y que es probable que se acepte la renuncia irrevocable del Alcalde y se ratifique a la Alcaldesa, como prevé la Ley de Municipalidades, pues el Código Electoral transitorio no tiene una disposición específica al respecto y simplemente está destinado a administrar el proceso electoral.
Incertidumbre sobre el futuro
Estrategia
El MAS queria que su alcaldesa permanezca en el cargo al menos hasta la mitad de gestión
¿Elecciones?
La renuncia de Hector Cartagena obliga a llamar a elecciones. Tambien hay otras opiniones
CONTRADICCIONES
• El artículo 286, parágrafo II de la nueva Constitución Política del Estado (CPE) señala que “en caso de renuncia o muerte, inhabilidad permanente o revocatoria de la máxima autoridad ejecutiva de un gobierno autónomo, se procederá a una nueva elección, siempre y cuando no hubiera transcurrido la mitad de su mandato. En caso contrario, el sustituto será una autoridad ya electa definida de acuerdo al Estatuto Autonómico o Carta Orgánica, según corresponda”.
• Al momento, ningún municipio tiene esta carta orgánica, puesto que no está aprobada la Ley de Autonomías..
• La Ley de Municipalidades señala en su artículo 47 que “en caso de renuncia por cualquier motivo o impedimento definitivo del Alcalde Municipal, el Concejo Municipal elegirá al nuevo Alcalde de entre sus miembros en ejercicio”.
Interpretaciones de la alcaldesa y dos juristas
Carla Lorena Pinto
Alcaldesa suplente
Alcaldesa suplente
“Él se hace a la víctima”
“La renuncia de Cartagena muestra que evidentemente no existe persecución política en su contra y que él busca autovictimarse utilizando los medios de comunicación como una vitrina de exposición. Si él está convencido de su inocencia, debería luchar y batallar hasta el final persiguiendo su causa, pero como ello no acontece, recurre a artimañas políticas. Cartagena tiene cuentas pendientes con la justicia y está muy claro”. Carla Lorena Pinto fue elegida alcaldesa de Quillacollo tras la suspensión de Cartagena.
Jorge Lazarte
Ex vocal de la CNE
Ex vocal de la CNE
“No hay salida, habrá violencia”
“Está claro que si hubiera un respeto estricto al derecho, esto tendría que resolverse desde el punto de vista jurídico. Pero como no hay instancia jurídica para resolver, todos estos problemas se resolverán políticamente haciendo uso de los medios que los actores tienen a su alcance. En ausencia del Tribunal Constitucional, no hay salida jurídica al problema y cuando no hay salidas, el conflicto político se torna en violencia”. Es la interpretación de Lazarte ante los vacíos legales e institucionales para estos casos.
Joaquín Pérez
Presidente de la CDE de Cochabamba
Presidente de la CDE de Cochabamba
“La CPE tiene jerarquía”
“El Código Electoral establece 150 días para la convocatoria a un proceso electoral nacional o municipal. Una nueva convocatoria a elecciones de alcalde para Quillacollo implica repetir todo el proceso en ese municipio. La Constitución es muy clara, tiene jerarquía y no se toma en cuenta que el alcalde electo haya estado suspendido para renunciar”. Es la explicación que dio el Presidente de la CDE ante la argumentación del Movimiento Al Socialismo de que Cartagena ya estaba suspendido cuando presentó su renuncia.
Nota : Los Tiempos
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