Reformas. Instituciones y autoridades podrán emitir opiniones sobre aspirantes
Los aspirantes al Órgano Judicial podrán emitir comentarios sobre su postulación en programas de medios de comunicación. Además, accederán a entrevistas y foros públicos para hablar sobre el cargo al que aspiran, pero no podrán conducir o dirigir espacios informativos.
La Comisión de Constitución de Diputados aprobó ayer el proyecto modificatorio que remitió el Tribunal Supremo Electoral (TSE) a través del Órgano Ejecutivo, que deroga cuatro incisos y modifica uno del artículo 82 de la Ley del Régimen Electoral.
El presidente de la comisión, Lucio Marca, del Movimiento Al Socialismo (MAS), explicó que la derogación de cuatro incisos permitirá a los postulantes a autoridades judiciales acceder a entrevistas y a foros públicos, y luego aclaró que los medios de comunicación podrán difundir documentos distintos al TSE y referirse a un postulante en forma positiva o negativa.
“La Comisión de Constitución cumplió con las prerrogativas que se le otorgó y se aprobó en su plenitud el proyecto de ley que remitió el Ejecutivo, porque sabemos que se restringía a los postulantes el derecho a las entrevistas”, afirmó.
De acuerdo con la reforma al artículo 82 de la norma, ahora los candidatos podrán “manifestar opinión y temas vinculados directa o indirectamente a su postulación en foros públicos, encuentros u otros de similar índole”. Además estarán permitidos a “acceder a entrevistas, por cualquier medio de comunicación, relacionadas con el cargo al que postula”.
Sobre la labor periodística de los medios, éstos podrán “difundir documentos distintos a los producidos por el Órgano Electoral” y “referirse específicamente a una o un postulante en forma positiva o negativa”.
Normativa. La modificación también establece que el TSE reglamentará los artículos 80, 81, 82, 83 y 84 de la Ley del Régimen Electoral, referidos a difusión de méritos, difusión en medios estatales, prohibiciones, inhabilitación de postulantes y sanciones a los medios de comunicación.
Normativa. La modificación también establece que el TSE reglamentará los artículos 80, 81, 82, 83 y 84 de la Ley del Régimen Electoral, referidos a difusión de méritos, difusión en medios estatales, prohibiciones, inhabilitación de postulantes y sanciones a los medios de comunicación.
El diputado del Movimiento Sin Miedo (MSM) Fabián Yaksic expresó su molestia porque, en su criterio, no se debatió la derogación de dos incisos. “Es contradictorio que todavía existan dos incisos donde se prohíbe a los medios dar espacios de opinión a los postulantes y, contradictoriamente, a los aspirantes se les autoriza manifestar opiniones mediante los medios”, observó.
La Asamblea Legislativa aprobará una lista de 125 candidatos a los tribunales Supremo de Justicia, Agroambiental, Constitucional y al Consejo de la Magistratura. La elección se de- sarrollará el 16 de octubre.
Aprobación en el pleno
Aprobación en el pleno
Postura
El vicepresidente Álvaro García, el lunes, dijo que la modificación del artículo 82 será aprobada mañana en Diputados.
Instituciones y autoridades podrán dar opiniones
El vicepresidente Álvaro García, el lunes, dijo que la modificación del artículo 82 será aprobada mañana en Diputados.
Instituciones y autoridades podrán dar opiniones
Con la modificación del artículo 82 de la Ley del Régimen Electoral, las instituciones públicas y autoridades podrán emitir opiniones a favor o en contra de un postulante a autoridad judicial.
La Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados derogó ayer el parágrafo cuarto del artículo 82 que decía: “A partir de la convocatoria, ninguna autoridad o institución pública podrá emitir opiniones o realizar acciones que favorezcan o perjudiquen a alguna de las postulaciones, constituyendo falta electoral sin perjuicio de su calificación penal”.
El mandatario Evo Morales sugirió el 20 de mayo la modificación de la norma. Horas después de la proposición presidencial, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) remitió el proyecto al Legislativo.
La Cámara de Diputados prevé aprobar mañana el proyecto de modificación al artículo 82 de la Ley del Régimen Electoral. La norma deberá ser considerada en la Cámara de Senadores antes de su promulgación por parte del Jefe del Estado.
0 Comentarios