El vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Ramiro Paredes, informó este lunes que desde este 18 de julio el máximo ente electoral asume la responsabilidad plena de encarar la segunda fase de los comicios judiciales previsto para este 16 de octubre próximo.
Explicó que el acto electoral está reglamentado por la Ley del Régimen Electoral y que el sufragio es un derecho del ciudadano, por lo que cualquier acto de instar al voto nulo puede ser sancionado con la pena de uno a tres años de privación de libertad.
"A partir de hoy (por este lunes 18) el Tribunal Supremo Electoral asume su competencia y responsabilidad plena para la realización de las elecciones judiciales del 16 de octubre", manifestó la autoridad electoral.
Aclaró que el ciudadano puede optar por el sufragio nulo, pero que en ningún motivo se puede instar a que se vote nulo porque ello vulneraría el derecho de la elección de cada persona y se vulneraría uno de los principales principios de la elección que es el voto.
En tanto, el presidente del TSE, Wilfredo Ovando, anunció que la Sala Plena de esa máxima instancia electoral determinará qué sanciones se dará al ciudadano o instancia política y social que induzca al voto en las elecciones judiciales del 16 de octubre.
"La normativa legal establece una serie de faltas e inclusive delitos electorales. Si va a existir alguna sanción o algún comunicado será a través de la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral", sostuvo.
Paredes dijo que el voto en Bolivia, de acuerdo a ley, es un derecho de los ciudadanos y, al mismo tiempo, una obligación ya que no presentarse el día de las elecciones también implica sanciones para el propio ciudadano. Añadió que dentro de un recinto electoral inducir al voto es una violación a la normativa electoral y, en consecuencia, al voto.
Los comicios están reglamentados por la Ley del Régimen Electoral y que el sufragio es un derecho del ciudadano, por lo que cualquier acto de instar al voto nulo puede ser sancionado con la pena de uno a tres años de privación de libertad.
Explicó que el acto electoral está reglamentado por la Ley del Régimen Electoral y que el sufragio es un derecho del ciudadano, por lo que cualquier acto de instar al voto nulo puede ser sancionado con la pena de uno a tres años de privación de libertad.
"A partir de hoy (por este lunes 18) el Tribunal Supremo Electoral asume su competencia y responsabilidad plena para la realización de las elecciones judiciales del 16 de octubre", manifestó la autoridad electoral.
Aclaró que el ciudadano puede optar por el sufragio nulo, pero que en ningún motivo se puede instar a que se vote nulo porque ello vulneraría el derecho de la elección de cada persona y se vulneraría uno de los principales principios de la elección que es el voto.
En tanto, el presidente del TSE, Wilfredo Ovando, anunció que la Sala Plena de esa máxima instancia electoral determinará qué sanciones se dará al ciudadano o instancia política y social que induzca al voto en las elecciones judiciales del 16 de octubre.
"La normativa legal establece una serie de faltas e inclusive delitos electorales. Si va a existir alguna sanción o algún comunicado será a través de la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral", sostuvo.
Paredes dijo que el voto en Bolivia, de acuerdo a ley, es un derecho de los ciudadanos y, al mismo tiempo, una obligación ya que no presentarse el día de las elecciones también implica sanciones para el propio ciudadano. Añadió que dentro de un recinto electoral inducir al voto es una violación a la normativa electoral y, en consecuencia, al voto.
Los comicios están reglamentados por la Ley del Régimen Electoral y que el sufragio es un derecho del ciudadano, por lo que cualquier acto de instar al voto nulo puede ser sancionado con la pena de uno a tres años de privación de libertad.
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