Los comerciantes de bebidas alcoholicas están obligados a acatar la norma bajo sanción pecuniaria.
El ministro de Gobierno, Carlos Romero, informó ayer que el gabinete ministerial aprobó el anteproyecto de Ley Contra el Consumo y Expendio de Bebidas Alcohólicas, que restringe la venta y consumo de licores, vinos y cervezas en el país.
Detalló que la futura norma restringe el consumo y expendio de bebidas alcohólicas en la vía pública, porque provoca una alteración en la convivencia colectiva, agregando además que no se permitirá su consumo en vehículos, sean de transporte público o privado.
De acuerdo con el anteproyecto, los menores de edad están completamente prohibidos de consumir esos productos y los comerciantes o centros de expendio de vender a los mismos.
“No se puede comercializar ni expender bebidas alcohólicas a menores de edad, los menores de 18 años están prohibidos de adquirirlas y los centros de expendio están también prohibidos (bajo sanción) de vender estos productos a menores de edad.
“Igualmente no se admitirá personas acompañadas de menores que puedan consumir esas bebidas, así sean en lugares no prohibidos”, enfatizó.
Asimismo, aclaró que el anteproyecto también determina restricciones respecto a determinados espacios físicos que tienen que ver con centros de salud, educativos, de recreación y deportivos. Añadió que en las universidades y colegios no se admitirá el expendio así como en centros deportivos.
Romero mencionó que el anteproyecto que será presentado a la Asamblea Legislativa, está enmarcado en políticas de materia de seguridad ciudadana. Acotó que un estudio sostiene que una de las causas que genera violencia y delincuencia es el consumo y el “desorganizado” expendio y comercialización de bebidas alcohólicas.
El Ministro dijo que la norma también proyecta una regulación de la propaganda sobre el consumo de bebidas alcohólicas y la obligatoriedad de implementar una leyenda señalando que el consumo de ese producto puede ser atentatorio a la salud humana.
Respecto a sanciones, puntualizó que la futura norma prevé medidas de esta naturaleza que operan en la vía administrativa a través de los municipios, que son de orden pecuniario, multas que varían entre los 2.000 a 10.000 Unidad de Fomento a la Vivienda (UFVs), equivalente a Bs 3.400 a 17.000.
Expresó también que la recaudación de esas multas será destinada a la implementación de políticas preventivas en el sistema educativo y en medios de comunicación.
Advirtió que se restringirá el expendido entre horas 15: 00 a 21:00 y en caso de reincidencia de los comercializadores se aplicarán medidas drásticas, como la clausura de esos establecimientos de expendio y comercialización.
“En ese sentido, como parte de las políticas de seguridad ciudadana y en el marco de las consecuencias concurrentes entre el nivel nacional del Estado, las gobernaciones y los municipios, enviaremos este anteproyecto de Ley a la Asamblea Legislativa pidiéndoles que puedan priorizar las normas referidas al ámbito de seguridad ciudadana”, dijo.
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