Cualquier trabajador, con o sin dependencia laboral, puede jubilarse con la nueva Ley de Pensiones (Nº 65).
La Ley Nº 65 estableció que la edad mínima para acceder a la renta de vejez es de 58 años.
Bs 98 es el monto mínimo que un trabajador independiente puede aportar cada mes para su jubilación.
Los aportes a las AFP se respetan y el ahorro individual se mantiene en la nueva Ley de Pensiones.
Nota : Cambio
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